Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales
Documento de alegaciones
Área de Digitalización y Contaminación Electromagnética de Ecologistas en Acción
www.escuelasaludable.org
info@escuelasaludable.org
Junio de 2024
«El Anteproyecto parte del principio de que la digitalización supone un beneficio para las personas menores.
Consideramos que, a la vista de la experiencia, constataciones y evidencias con que se cuenta hoy en día con respecto al papel real que juegan las tecnologías digitales, en aspectos como la comunicación, el aprendizaje, la salud o el ocio infantil, no se puede mantener dicha afirmación como un axioma incontestable, sin determinar cuáles son esos supuestos beneficios con respecto a la circunstancia de no contar con ellos.
Dar por sentados beneficios, estrecha los ámbitos de análisis e intervención a favor de los y las menores. Los beneficios han de ser constatables y suponer una mejora evidente en su vida con respecto a un período social anterior. Los beneficios no pueden formularse como proyecciones futuras, expectativas o deseos (el “potencial de las TIC”) que habría que contrastar, en todo caso, con la realidad (axioma “estarán mejor preparados para su desempeño laboral si comienzan en la niñez a utilizar las TIC”, por poner un ejemplo).
En contraste con la incuestionada preeminencia de los supuestos beneficios de las TIC en la vida de los menores, como argumento, el Anteproyecto opone la posibilidad de riesgos y perjuicios que se pueden derivar de un uso inadecuado. Es decir, sitúa la esfera de los beneficios por encima de la de los perjuicios, al aceptar los primeros como realidad y los segundos como posibilidad. En otro punto de la Exposición de Motivos, sitúa al mismo nivel “las oportunidades y los riesgos”
Esta categorización apriorística no está en consonancia con las evidencias actuales sobre los impactos de las TIC en niñas, niños, adolescentes y jóvenes, en los ámbitos de la salud (desarrollo psicoevolutivo, social, físico y mental) y el aprendizaje (rendimiento escolar). Si nos ajustáramos a los datos con los que hoy en día se cuenta (ver referencias al final del documento), ni siquiera se podrían equiparar “oportunidades y riesgos”. Las “oportunidades” son teóricas y se ha demostrado que no han cristalizado en avances concretos (mayor participación social, mayor bienestar personal y grupal, mejores aprendizajes, mayor comunicación social y familiar, etc.). Los “riesgos”, por el contrario, sí han dado la cara en forma de consecuencias negativas suficientemente contrastadas y reconocidas.» (comentario de EeA en la alegación primera).
Ver abajo las alegaciones completas. También puedes descargarlas en: https://escuelasaludable.org/wp-content/uploads/2024/06/Alegaciones.EA_.anteproyecto.proteccion.de_.menores.en_.entornos.digitales.pdf
Alegaciones.EA.anteproyecto.proteccion.de.menores.en.entornos.digitales
Por su complementariedad e interés, ver también abajo (o descargar) las alegaciones de la ASOCIACIÓN ADOLESCENCIA LIBRE DE MÓVILES DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
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