Consideraciones de «Escuela Saludable» sobre el estudio observacional desarrollado por investigadoras de la Universidad de Birmingham en febrero de 2025.
Estudio de la Universidad de Birmingham (febrero de 2025): el uso de telefonía y redes en adolescentes afecta negativamente a su bienestar mental, su comportamiento social y sus resultados académicos.
El 4 de febrero de 2025, The Lancet Regional Health publicó la investigación School phone policies and their association with mental wellbeing, phone use, and social media use (SMART Schools): a cross-sectional observational study – Política escolar sobre Smartphone y su asociación con el bienestar mental, uso de telefonía y redes sociales (Escuelas SMART): un estudio transversal observacional (1), a cargo de Victoria Goodyear, Anie Randhawa, Péymane Adab y otras personas investigadoras asociadas a la universidad de Birmingham.
Dicho estudio tiene como objetivo principal valorar la influencia de las políticas educativas referentes al uso de Smartphone en las aulas (de forma privada y/o educativa) en la salud mental del alumnado adolescente.
Las conclusiones son, sucintamente:
- El bienestar mental del alumnado no se ve influenciado por las políticas permisivas o restrictivas del Smartphone en las aulas, debido a que la restricción de uso en los centros no implica una reducción de tiempo global (dentro y fuera del aula, durante la semana y en fin de semana) en la exposición a la telefonía y a las redes. Es decir, el uso en la escuela contribuye solo en una pequeña parte al cómputo global de exposición a las pantallas.
- A mayor uso general del Smartphone (dentro y fuera de las aulas, durante la semana y en fines de semana), mayor deterioro del bienestar, peores resultados en salud mental, actividad física y sueño; mayor conflictividad social y peores resultados académicos en áreas de Lengua y Matemáticas.
La recomendación general de las personas autoras del estudio apuntan a la necesidad de plantear políticas globales de reducción del tiempo de exposición a la telefonía y las redes sociales.
Discusión de una conclusión inconsistente del estudio: la restricción del Smartphone no afecta al rendimiento académico.
Entre las conclusiones secundarias de dicha investigación, se refleja que el rendimiento académico del alumnado (una de las variables secundarias estudiadas) no se ve afectado por la política del centro educativo sobre la restricción o permisividad del uso privado del Smartphone, por parte del alumnado, durante el horario lectivo.
Esta conclusión contrasta llamativamente, ya no solo con los testimonios del profesorado de centros donde se aplican medidas restrictivas y se constata una mejora de la concentración y de la convivencia escolar (2), sino con los estudios que corroboran empíricamente los efectos beneficiosos de acotar el uso de dispositivos privados en el aula (3 y 4).
Analizando pormenorizadamente la investigación, Escuela Saludable ha constatado que la afirmación de que los resultados académicos (academic attainment) son similares para los colectivos de alumnos, se restrinja o no en sus centros el uso del Smartphone, no se basa en datos objetivos o suficientemente consistentes como para apoyar en ellos la conclusión que se discute.
El estudio, en una de sus conclusiones generales, recoge que “el mayor tiempo dedicado a los teléfonos inteligentes y a las redes sociales también se asoció con un menor rendimiento en Lengua y Matemáticas en casi todos los períodos medidos”. La idea de que el uso del Smartphone en el aula no tiene influencia en el rendimiento académico, no es consistente con esta conclusión general de la investigación.
El estudio aplica la escala Warwick–Edinburgh Mental Well-Being Scale (WEMWBS) sobre los datos aportados por los propios alumnos/as, por los recogidos a través de un dispositivo de pulsera que refleja aspectos biométricos, y por los datos de logro y comportamiento aportados por el profesorado. Sin embargo, mientras que las conclusiones sobre salud y bienestar mental se basan en la aplicación de una herramienta solvente (WEMWBS), el estudio no utiliza ningún método riguroso que recoja rendimientos académicos objetivos: se apoya solamente en calificaciones asignadas por el profesor/a, que sitúa a cada alumno “por debajo”, “dentro” o “sobre” los objetivos en Lengua Inglesa y en Matemáticas. Este sistema de recogida de datos tiene una baja fiabilidad en la perspectiva de la presentación de conclusiones, debido a que:
– Las opiniones o calificaciones del profesorado (restringidas a asignar un nivel “por debajo del objetivo”, “ajustado al objetivo” o “por encima del objetivo”), pueden tener grandes variaciones entre los centros, dependiendo de los planteamientos didácticos, el tipo de alumnado y el propio nivel de exigencia del profesorado. El estudio no alude a que haya un sistema objetivo de evaluación que valide estadísticamente los datos, como podría ser el que utiliza el informe PISA, basado en complejas pruebas estandarizadas para cada área. Particularmente, el estudio no asegura que todos los centros y su profesorado utilicen estrictamente los mismos criterios de evaluación, escalas de valoración y objetivos a evaluar.
– Como hipótesis plausible, señalamos que aquellos centros en los que se permite el pleno acceso al Smartphone en clase podrían bajar el listón de la valoración de rendimiento para compensar que, como reconoce ampliamente el profesorado de Secundaria, el uso de dispositivo privado durante las aulas reduce el nivel de atención en todas las áreas y, por tanto, el aprovechamiento académico.
Como conclusión, la metodología de obtención de datos sobre rendimiento no tiene el crédito suficiente como para afirmar que la restricción del Smartphone en clase sea una medida irrelevante con relación a los logros académicos. La experiencia en los centros educativos muestra todo lo contrario: tomar medidas restrictivas disminuye los niveles de distracción, así como los casos de acoso, violencia, etc., favoreciendo con ello el aprendizaje.
1.- https://www.thelancet.com/journals/lanepe/article/PIIS2666-7762(25)00003-1/fulltext#app-1
3.- https://www.thelancet.com/journals/lanchi/article/PIIS2352-4642(18)30278-5/abstract
4.- https://ideas.repec.org/a/eme/aeapps/aea-05-2021-0112.html
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