{"id":4648,"date":"2024-04-15T15:09:58","date_gmt":"2024-04-15T13:09:58","guid":{"rendered":"https:\/\/escuelasaludable.org\/?p=4648"},"modified":"2025-03-25T14:30:05","modified_gmt":"2025-03-25T13:30:05","slug":"privaticidad-y-educacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/escuelasaludable.org\/?p=4648","title":{"rendered":"Privacidad y educaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1.- <\/strong><strong>Introducci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A continuaci\u00f3n, vamos a poner de manifiesto los problemas que existen en las aulas, con alumnado de cualquier edad, a la hora de utilizar herramientas digitales que no sean respetuosas con los derechos digitales de alumans y alumnos, en concreto con la privacidad digital.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para ello, iremos abordando esta cuesti\u00f3n de una forma l\u00f3gica partiendo de una explicaci\u00f3n sencilla sobre el concepto de privacidad digital, analizando las consecuencias de las p\u00e9rdidas de privacidad, destacando las implicaciones que dichas p\u00e9rdidas tienen en las aulas y terminando tanto con una justificaci\u00f3n para elegir las tecnolog\u00edas que utilizamos en las aulas como con un conjunto de alternativas respetuosas con la privacidad que podemos utilizar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.- <\/strong><strong>\u00bfQu\u00e9 es la privacidad?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando hablamos de privacidad se suele dar una situaci\u00f3n curiosa. Todo el mundo entiende que la privacidad es una suerte de derechos que tenemos, pero pocos saben definirla con cierta precisi\u00f3n. Piensa lector@, \u00bfqu\u00e9 entiendas t\u00fa por privacidad digital?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La respuesta m\u00e1s com\u00fan confunde o mezcla los conceptos de privacidad y seguridad. Empezaremos, pues, por definir qu\u00e9 entendemos por privacidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si bien no hay una definici\u00f3n oficial universal sobre privacidad aplicada al mundo digital, podemos recurrir, en primera instancia, al diccionario de la RAE donde la privacidad aparece definida como: \u201c\u00c1mbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisi\u00f3n.\u201d (<a href=\"https:\/\/dle.rae.es\/privacidad\">https:\/\/dle.rae.es\/privacidad<\/a>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta definici\u00f3n atiende a un concepto de privacidad global derivado de un mundo anal\u00f3gico y, por ello, se nos queda un poco alejada del contexto puramente digital al que vamos a aplicarla. Una definici\u00f3n m\u00e1s clara en un entorno digital podr\u00eda ser la siguiente: la privacidad es la <strong>capacidad<\/strong> que tiene cada persona para <strong>decidir con qui\u00e9n comparte informaci\u00f3n<\/strong> y <strong>qu\u00e9 informaci\u00f3n comparte<\/strong> con cada entidad\/persona.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3.- <\/strong><strong>Diferencia entre privacidad y seguridad.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es muy importante diferenciar la privacidad y la seguridad para tener claro, en el uso de tecnolog\u00edas digitales, cu\u00e1ndo existe una de ellas, las dos o ninguna.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ya hemos visto cu\u00e1l es la definici\u00f3n de privacidad. Veamos ahora una sencilla definici\u00f3n de seguridad: en un entorno digital la seguridad se refiere a los mecanismos que controlan el acceso a la informaci\u00f3n. Por tanto, la seguridad se establece a trav\u00e9s de unos mecanismos que permiten controlar qui\u00e9n tiene acceso a la informaci\u00f3n impidiendo dicho acceso a quien no deba tener acceso a ella.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ejemplos sencillos de mecanismos de seguridad son las contrase\u00f1as, el encriptado, el doble factor de autenticaci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La diferencia fundamental entre privacidad y seguridad es la siguiente. La seguridad radica en los mecanismos que nos permiten decidir qui\u00e9n accede a la informaci\u00f3n (contrase\u00f1as, cifrado de informaci\u00f3n, etc), mientras que la privacidad nos permite decidir qu\u00e9 informaci\u00f3n compartimos con qui\u00e9n. Son cosas completamente diferentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pongamos un ejemplo pr\u00e1ctico. Cualquier servicio de una empresa como Google (cualquiera de las GAFAM (<a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Gigantes_tecnol%C3%B3gicos\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Gigantes_tecnol%C3%B3gicos<\/a>) sirve de ejemplo de cabecera) requiere que se acepten unos t\u00e9rminos de servicio para poder usarlos. Dichos t\u00e9rminos de servicio le otorgan a Google un control total sobre la informaci\u00f3n que le proporcionamos directamente y tambi\u00e9n sobre la informaci\u00f3n que generamos al usar sus servicios. En el caso de un correo electr\u00f3nico informaci\u00f3n proporcionada directamente ser\u00eda el contenido de los correos y sus archivos adjuntos, e informaci\u00f3n generada con qui\u00e9n nos escribimos, con que frecuencia, desde d\u00f3nde, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los servicios de Google tienen una buena seguridad. Podemos configurar varios mecanismos que impiden que otras personas puedan acceder sin permiso a nuestro correo electr\u00f3nico, por seguir con el ejemplo anterior. Sin embargo, al tener que aceptar los t\u00e9rminos de servicios de Google perdemos por completo nuestra privacidad ya que Google tiene un control total sobre nuestra informaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Luego, tener <strong>la mejor seguridad del mundo NO implica necesariamente tener privacidad<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Algo completamente diferente ocurre si queremos tener privacidad. <strong>La privacidad lleva impl\u00edcita la seguridad<\/strong> ya que si no tenemos seguridad perdemos la capacidad para decidir qui\u00e9n accede a nuestra informaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>4.- <\/strong><strong>Posibles problemas derivados de la p\u00e9rdida de privacidad.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las p\u00e9rdidas de privacidad que se producen cuando usamos programas o servicios (correo electr\u00f3nico, redes sociales, mensajer\u00eda, etc) de empresas que no respetan nuestra privacidad tienen consecuencias negativas de dos tipos diferentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En primer lugar tenemos los problemas que pueden afectarnos personalmente. Por ejemplo, cualquier tipo de informaci\u00f3n cl\u00ednica que nosotros mismos expongamos ser\u00e1 de inter\u00e9s de las aseguradoras, dispuestas a acceder a esa informaci\u00f3n. La informaci\u00f3n puede ser lo que le contamos a otra persona sobre nuestra salud, los resultados de pruebas cl\u00ednicas que compartamos con alguien (incluido el profesional m\u00e9dico si lo hacemos a trav\u00e9s de medios que no respeten nuestra privacidad), o informaci\u00f3n indirecta como lo que caminamos o el ejercicio que hacemos. Esto \u00faltimo se puede obtener a trav\u00e9s de aplicaciones de seguimiento de ejercicio y dispositivos como pulseras de actividad. A veces el gadget m\u00e1s inocente puede ser muy peligroso en materia de privacidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por si no ha quedado claro, normalmente los t\u00e9rminos de servicio que no respetan la privacidad incluyen el hecho de que la compa\u00f1\u00eda cuyos t\u00e9rminos aceptamos puede compartir (normalmente vender) nuestra informaci\u00f3n a terceros, lo que puede resultar en que nuestros datos acaben en cualquier tipo de compa\u00f1\u00eda. Lo de las aseguradoras es solo un ejemplo f\u00e1cil de entender.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El principal peligro de este ejemplo es que una aseguradora puede hacer una clausula personalizada para cada persona en funci\u00f3n de lo que sabe de ella y, en consecuencia, excluir los casos que no le interese asegurar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En segundo lugar, tenemos otro tipo de consecuencias que no nos afectan directamente como individuos, sino que revierten de forma negativa en la sociedad a la que pertenecemos. Este segundo tipo requiere m\u00e1s empat\u00eda para que nos resulte importante y, ciertamente, es el m\u00e1s peligroso de los dos tipos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este caso la cuesti\u00f3n es que las grandes compa\u00f1\u00edas como el conjunto representado por GAFAM tienen enormes bases de datos con ingentes cantidades de informaci\u00f3n de sus usuarios. Sus verdaderos clientes son aquellos que pagan por acceder a esa informaci\u00f3n que sirve por ejemplo, y solo citando un caso, para realizar estudios poblacionales ya que hay tantos usuarios que constituyen una muestra representativa del conjunto al que pertenecen. Quien as\u00ed accede a este tipo de datos, claro est\u00e1, pretende hacer cosas que no le interesa que el p\u00fablico conozca. Un ejemplo de libro de este caso es el uso que hicieron las personas que asesoraron a Donald Trump con la informaci\u00f3n de 50 millones de usuarias y usuarios de Facebook en 2014 (<a href=\"https:\/\/www.larazon.es\/internacional\/la-campana-de-trump-recopilo-ilegalmente-datos-de-50-millones-de-usuarios-de-facebook-para-influir-en-su-voto-FN17927255\/\">https:\/\/www.larazon.es\/internacional\/la-campana-de-trump-recopilo-ilegalmente-datos-de-50-millones-de-usuarios-de-facebook-para-influir-en-su-voto-FN17927255\/<\/a>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este tipo de cosas solo pueden darse si la gente usa los servicios de estas compa\u00f1\u00edas que no respetan la privacidad, porque para ellas los datos de sus personas usuarias son valiosos activos que convierten en dinero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.- <\/strong><strong>P\u00e9rdidas de privacidad en la escuela.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso concreto de las escuelas las p\u00e9rdidas de privacidad pueden venir a trav\u00e9s de diferentes v\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si el centro educativo utiliza una plataforma de gesti\u00f3n educativa proporcionada por una empresa no respetuosa con la privacidad y\/o alojada en servidores de empresas del mismo tipo, entonces la informaci\u00f3n del alumnado no contar\u00e1 con la debida privacidad. En concreto son de especial importancia tanto los datos acad\u00e9micos de los alumnos como la informaci\u00f3n cl\u00ednica que pueda aparecer en los mensajes que se realicen a trav\u00e9s de dicha plataforma. Con respecto a los datos acad\u00e9micos la Free Software Foundation realiz\u00f3 una campa\u00f1a informativa durante la pandemia del COVID 19 que puede consultarse en: <a href=\"https:\/\/www.fsf.org\/blogs\/community\/the-university-of-costumed-heroes-a-video-from-the-fsf\">https:\/\/www.fsf.org\/blogs\/community\/the-university-of-costumed-heroes-a-video-from-the-fsf<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando el centro proporciona al alumnado licencias educativas de programas privativos no respetuosos con la privacidad <strong>se est\u00e1 negando a alumnas y alumnos el derecho a utilizar software que respete sus derechos digitales <\/strong>(para hacer exactamente las mismas cosas que se har\u00edan con software respetuoso). Es m\u00e1s, dado que luego ser ver\u00e1n inducidos (o incluso obligados) a usar esos programas en casa <strong>se est\u00e1 negando a las familias el derecho a defender los derechos digitales de sus hijas e hijos<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si el centro o alg\u00fan docente concreto insta a sus alumnos a realizar pr\u00e1cticas o darse de alta en alg\u00fan servicio no respetuoso con la privacidad (cualquier servicio proporcionado por GAFAM como un correo electr\u00f3nico o una cuenta en una red social es un ejemplo, desgraciadamente, habitual) entonces el alumnado ver\u00e1 su privacidad completamente ignorada y p\u00e9rdida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Incluso cuando las y los docentes no solicitan al alumnado el uso de productos o servicios que no respeten su privacidad, <strong>el hecho de que nadie les explique los problemas existentes al usarlos ya supone un problema que deber\u00eda abordarse en el sistema p\u00fablico de educaci\u00f3n por las implicaciones que tiene para el conjunto de la sociedad<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>6.- <\/strong><strong>Los derechos de ni\u00f1as y ni\u00f1os y las tecnolog\u00edas digitales<\/strong><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: justify;\"><strong>6.1.- <\/strong><strong>La importancia de las tecnolog\u00edas que utilizamos en las aulas<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Vivimos en una sociedad donde la lucha por los derechos de los individuos se libra d\u00eda a d\u00eda con las elecciones que tomamos al consumir productos de unas y otras compa\u00f1\u00edas, pues as\u00ed contribuimos a apoyar pol\u00edticas de muy diverso \u00e1mbito completamente diferentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En muchos casos y \u00e1mbitos, la elecci\u00f3n de unos u otros productos revierte directamente en un refuerzo o una merma de nuestros derechos, tanto individuales como colectivos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si hay algo, en materia digital, que es relevante en la educaci\u00f3n de nuestros j\u00f3venes es dotarles de informaci\u00f3n y criterios para que puedan, en primer lugar mantener los derechos con los que han nacido y en segundo lugar luchar para mejorarlos. En las aulas no hay mejor manera de empezar a realizar esta tarea que utilizando herramientas respetuosas con los derechos de los alumnos. Y, cuando se alcanza el momento adecuado en la carrera formativa de los alumnos, explic\u00e1ndoles por qu\u00e9 se utilizan esas herramientas y no otras.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: justify;\"><strong>6.2.- <\/strong><strong>Diferencia entre Software Libre y software privativo.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El \u00fanico tipo de software (programas inform\u00e1ticos) capaz de respetar los derechos de los alumnos en las escuelas es el Software Libre, sencillamente porque este tipo de software s\u00f3lo aporta derechos a sus personas usuarias sin imponer restricciones. Por contra, el software privativo impone restricciones mermando de una forma importante los derechos de los usuarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para no extenderme, voy a definir ambos conceptos atendiendo a la definici\u00f3n expresada en Wikipedia, donde se puede encontrar una definici\u00f3n m\u00e1s amplia debidamente referenciada:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEl software libre es un software cuyo c\u00f3digo fuente puede ser estudiado, modificado, y utilizado libremente con cualquier finalidad y redistribuido con cambios o mejoras sobre \u00e9l.\u201d (<a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Software_libre\">https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Software_libre<\/a>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEl software propietario, privativo, o no libre (en contraposici\u00f3n al software libre), es el software del cual no existe una forma libre de acceso a su c\u00f3digo fuente, el cual solo se encuentra a disposici\u00f3n de su desarrollador y no se permite su libre modificaci\u00f3n, adaptaci\u00f3n o incluso lectura por parte de terceros\u201d (<a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Software_propietario\">https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Software_propietario<\/a>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para entender la diferencia, m\u00e1s all\u00e1 incluso de los t\u00e9rminos de uso y condiciones de privacidad de cada programa, la clave est\u00e1 en el que el software privativo no permite acceder al c\u00f3digo fuente del programa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El c\u00f3digo fuente de un programa es lo que escribe el programador que realiza dicho programa para que luego nosotros veamos ventanas, botones y el programa realice sus funciones. Si nadie m\u00e1s que el propietario del programa puede ver el c\u00f3digo los usuarios saben que al tocar un bot\u00f3n con un dibujo de un disco el archivo se guarda (por poner un ejemplo simple) pero no saben si el programa hace algo m\u00e1s que no les muestra. En el caso de software privativo directamente no se puede averiguar esto porque el c\u00f3digo fuente no es p\u00fablico. Por contra, en el caso del Software Libre se puede estudiar y auditar el c\u00f3digo fuente de los programas y ver as\u00ed si esos programas env\u00edan alg\u00fan tipo de informaci\u00f3n a alguien o si permiten el acceso a los datos del usuario a terceras personas de alguna manera.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por tanto, el uso de un tipo u otro de software es, para empezar, una cuesti\u00f3n de principios e higiene democr\u00e1tica. Cuando pensamos en su uso en las escuelas, y teniendo en cuenta que con ambos tipos de programas se pueden conseguir los mismo objetivos con la misma facilidad, no existe ning\u00fan motivo para utilizar software privativo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aunque muchos opinamos que el dinero no es lo m\u00e1s importante de este mundo, cabe resaltar que las licencias de Software Libre son, en todos los casos aplicables a programas con cabida en las escuelas, completamente gratuitos. Lo que a\u00f1ade un valor importante a su uso frente a licencias de programas privativos. Es m\u00e1s, en el caso de los programas privativos que se usan en las escuelas (como por ejemplo Microsoft Office 365) se facilitan a los alumnos licencias educativas que no tienen toda la funcionalidad del programa completo, con la \u00fanica intenci\u00f3n de que s\u00f3lo sepan usar ese programa para que luego, en etapas posteriores de su vida, tengan que comprar las licencias profesionales de los mismos productos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como \u00faltimo apunto sobre el ahorro econ\u00f3mico utilizando Software Libre puedo constatar por experiencia propia que los sistemas operativos basados en Software Libre se pueden utilizar satisfactoriamente durante entre un 50 % y un 100 % m\u00e1s de tiempo en los mismos equipos que los sistemas operativos Windows. Por un lado, requieren unos recursos del ordenador mucho m\u00e1s sencillos para funcionar igual de r\u00e1pido que Windows y, por otro lado, las versiones nuevas no exigen que los componentes hardware tengan menos de X a\u00f1os de antig\u00fcedad como ya ocurre con Windows 11 (y se prev\u00e9 que siga sucediendo con las versiones posteriores).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: justify;\"><strong>6. 3 <\/strong><strong>Los derechos de ni\u00f1as y ni\u00f1os que justifican la decisi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tal como se define en Wikipedia: \u201cLa <strong>Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o<\/strong> (CDN, en ingl\u00e9s CRC) <strong>es un tratado internacional de las Naciones Unidas, firmado el 20 de noviembre de 1989 y en vigor desde el 2 de septiembre de 1990<\/strong>, a trav\u00e9s del cual se enfatiza que los ni\u00f1as y ni\u00f1os tienen los mismos derechos que las personas adultas y <strong>se subrayan aquellos derechos<\/strong> que se desprenden de su especial condici\u00f3n de seres humanos que, por no haber alcanzado el pleno desarrollo f\u00edsico y mental, <strong>requieren de protecci\u00f3n especial<\/strong>.\u201d (<a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Convenci\u00f3n_sobre_los_Derechos_del_Ni\u00f1o\">https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Convenci%C3%B3n_sobre_los_Derechos_del_Ni%C3%B1o<\/a>)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La versi\u00f3n simplificada de dichos derechos que se ha empleado a continuaci\u00f3n puede encontrarse en: https:\/\/www.unicef.org\/es\/convencion-derechos-nino\/convencion-version-ninos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Vamos a analizar las implicaciones que tienen estos derechos en materia de privacidad digital, mencionando aquellos que se encuentran directamente relacionados con ella.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2<\/strong>: \u201c<em>NO DISCRIMINACI\u00d3N: Todos los ni\u00f1os tienen todos estos derechos, sin importar qui\u00e9nes sean, d\u00f3nde vivan, la lengua que hablen, cu\u00e1l sea su religi\u00f3n, su modo de pensar o su aspecto; si son ni\u00f1as o ni\u00f1os, si tienen una discapacidad, o son ricos o pobres; y sin importar qui\u00e9nes sean su padre, su madre y sus familias, ni lo que estos crean o hagan. No debe tratarse injustamente a ning\u00fan ni\u00f1o, por ning\u00fan motivo.<\/em>\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De este art\u00edculo se deduce inmediatamente que todos aquellos derechos que hablen de educaci\u00f3n, acceso a herramientas digitales en la escuela y el trato que estas herramientas den a sus derechos digitales (entre ellos la privacidad) deben ser accesibles sin ning\u00fan tipo de condici\u00f3n. En el caso del software cuyas licencias implican un coste econ\u00f3mico aparece una barrera que no se puede aplicar en virtud de este art\u00edculo. Especialmente cuando existen programas libres que realizan las mismas funciones y cuyas licencias no tienen coste econ\u00f3mico. Adem\u00e1s, el uso de programas que no respetan la privacidad de los alumnos supone una discriminaci\u00f3n clara entre grupos de personas dado que existen otros programas que realizan las mismas funciones y s\u00ed respetan dicha privacidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, cuando se habla de no discriminaci\u00f3n independientemente \u201c<em>de la lengua que hablen\u201d <\/em>encontramos otra discrepancia. Seg\u00fan la p\u00e1gina de soporte oficial de Microsoft Windows 11 est\u00e1 disponible en 84 idiomas y Windows 10 en 106 idiomas diferentes (<a href=\"https:\/\/support.microsoft.com\/es-es\/windows\/paquetes-de-idioma-para-windows-a5094319-a92d-18de-5b53-1cfc697cfca8#WindowsVersion=Windows_11\">https:\/\/support.microsoft.com\/es-es\/windows\/paquetes-de-idioma-para-windows-a5094319-a92d-18de-5b53-1cfc697cfca8#WindowsVersion=Windows_11<\/a> y\u00a0 <a href=\"https:\/\/support.microsoft.com\/es-es\/windows\/paquetes-de-idioma-para-windows-a5094319-a92d-18de-5b53-1cfc697cfca8#WindowsVersion=Windows_10\">https:\/\/support.microsoft.com\/es-es\/windows\/paquetes-de-idioma-para-windows-a5094319-a92d-18de-5b53-1cfc697cfca8#WindowsVersion=Windows_10<\/a>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de sistemas operativos de Apple para ordenadores, macOS est\u00e1 disponible en 47 idiomas seg\u00fan aparece publicado y debidamente referenciado en: https:\/\/en.wikipedia.org\/wiki\/MacOS.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de los sistemas GNU\/Linux, solo para la distribuci\u00f3n Ubuntu aparecen 187 grupos de personas gestionando la traducci\u00f3n a diferentes idiomas seg\u00fan la p\u00e1gina oficial de traducciones de Launchpad (<a href=\"https:\/\/translations.launchpad.net\/+groups\/ubuntu-translators\">https:\/\/translations.launchpad.net\/+groups\/ubuntu-translators<\/a>). Es muy importante destacar que en sistemas libres (como el mencionado Ubuntu, por citar solo un ejemplo) cualquier grupo de personas por peque\u00f1o que sea puede realizar la traducci\u00f3n del sistema operativo a otros idiomas (y tambi\u00e9n de las aplicaciones libres). Esto abre la puerta a la traducci\u00f3n del sistema a idiomas y dialectos locales que de otra forma no tendr\u00edan ninguna cabida en el uso de sistemas inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3<\/strong>: <em>\u201cEN BENEFICIO DE LOS NI\u00d1OS. Cuando los adultos tomen decisiones, deben pensar en c\u00f3mo sus decisiones afectar\u00e1n a los ni\u00f1os. Todos los adultos deber\u00edan hacer lo que sea mejor para los ni\u00f1os: es lo que se conoce como el inter\u00e9s superior del ni\u00f1o. Los gobiernos deben velar por que el padre y la madre (u otras personas cuando sea necesario) protejan y cuiden a los ni\u00f1os. Los gobiernos deben asegurar que las personas y entidades encargadas de cuidar de los ni\u00f1os lo hagan tomando en cuenta ese inter\u00e9s superior.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este art\u00edculo implica dos cuestiones fundamentales que afectan al futuro de los estudiantes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por un lado, es evidente la privacidad es un derecho fundamental de las personas. As\u00ed como tambi\u00e9n que los ni\u00f1os son especialmente vulnerables ya que la gesti\u00f3n de su privacidad depende de sus padres o tutores as\u00ed como de los centros educativos que gestionan su educaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada la importancia y posible relevancia en el futuro de mantener la debida privacidad sobre la informaci\u00f3n acad\u00e9mica de los alumnos as\u00ed como otra informaci\u00f3n relevante (cl\u00ednica, etc) que pueda aparecer durante el proceso educativo, es fundamental que los centros docentes utilicen programas y servicios respetuosos con la privacidad (basados en Software Libre, ver punto 7) para almacenar y gestionar dicha informaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por el mismo motivo, anteponiendo los derechos de los alumnos y la necesidad de que conozcan herramientas respetuosas con sus derechos, las herramientas digitales que empleen los alumnos en las aulas deben ser herramientas basadas en Software Libre (ver punto 7).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los programas privativos tienden a generar una relaci\u00f3n con los usuarios de tipo \u201ccliente cautivo\u201d. En el caso de los estudiantes los atraen con licencias educativas para que luego tengan (o sientan) dificultades para migrar a programas equivalentes de otras empresas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso del Software Libre es com\u00fan trabajar con est\u00e1ndares abiertos, que tal como define la Free Software Foundation Europe: <em>\u201c<\/em><em>Permiten a las personas compartir todo tipo de datos libremente, prevenir el lock-in y otras barreras artificiales a la interoperatividad, y promueven la elecci\u00f3n entre proveedores y soluciones tecnol\u00f3gicas.\u201d<\/em> (<a href=\"https:\/\/fsfe.org\/freesoftware\/standards\/standards.es.html\">https:\/\/fsfe.org\/freesoftware\/standards\/standards.es.html<\/a>)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4<\/strong>: <em>\u201cHACER REALIDAD SUS DERECHOS. <\/em><em>Los gobiernos deben hacer todo lo posible para que cada ni\u00f1o de su pa\u00eds pueda disfrutar de todos los derechos mencionados en esta Convenci\u00f3n.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lo que implica, inevitablemente, que los gobiernos como garantes de los derechos de sus ciudadanos m\u00e1s j\u00f3venes deben velar (e incluso legislar si fuera necesario) para dar cumplimiento a dichos derechos. O lo que es lo mismo, para evitar que dichos derechos sean obviados o ignorados por las decisiones de otras instituciones de rango inferior.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5<\/strong>: <em>\u201cORIENTACI\u00d3N FAMILIAR PARA EL DESARROLLO DE LOS NI\u00d1OS. <\/em><em>Los gobiernos deben permitir que las familias y comunidades gu\u00eden a sus ni\u00f1os para que, a medida que crecen, aprendan a ejercer sus derechos del mejor modo posible. Necesitar\u00e1n menos orientaci\u00f3n a medida que se van haciendo mayores.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De lo que se deduce que los gobiernos deber\u00e1n ofrecer informaci\u00f3n a familias y comunidades educativas, entre otras cosas en materia de defensa de la privacidad digital. As\u00ed, no solo los ni\u00f1os recibir\u00e1n est\u00e1 informaci\u00f3n en las escuelas sino que tambi\u00e9n las familias podr\u00e1n contribuir a proteger y defender los derechos digitales de los ni\u00f1os en sus hogares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 16<\/strong>: \u201c<em>PROTECCI\u00d3N DE LA PRIVACIDAD. Cada ni\u00f1o tiene derecho a la vida privada. Las leyes deben proteger la privacidad de los ni\u00f1os, a su familia, su hogar, sus comunicaciones y su reputaci\u00f3n (o su honra) contra cualquier agresi\u00f3n.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este es sin duda el art\u00edculo estrella de la convenci\u00f3n en materia de privacidad pues, en una sociedad digitalizada, la privacidad no se puede entender sin tu parte digital. Son estas pocas palabras, sin duda, las que tienen la fuerza suficiente para justificar todo el resto de la disertaci\u00f3n, necesaria al haber tan poca informaci\u00f3n sobre privacidad digital en manos de todos los garantes de este derecho.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 28<\/strong>: <em>\u201cACCESO A LA EDUCACI\u00d3N. Cada ni\u00f1o tiene derecho a recibir una educaci\u00f3n. La educaci\u00f3n primaria deber\u00eda ser gratuita. La educaci\u00f3n secundaria y superior deben estar al alcance de todos los ni\u00f1os. Se deber\u00eda apoyar a los ni\u00f1os para que asistan a la escuela hasta completar el grado m\u00e1s alto posible. La disciplina que se imponga en las escuelas deber\u00eda respetar los derechos de los ni\u00f1os, y nunca se debe recurrir a la violencia.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La \u00fanica forma de garantizar un acceso igualitario a la educaci\u00f3n pasa por utilizar herramientas que cuando sean digitales deben cumplir los siguientes requisitos:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Que no exista una barrera econ\u00f3mica para su acceso.<\/li>\n<li>Que no impliquen necesariamente la adquisici\u00f3n de nuevas herramientas por el mismo motivo.<\/li>\n<li>Que permitan reutilizar equipos existentes y alargar su vida al m\u00e1ximo posible.<\/li>\n<li>Que respeten los derechos de sus usuarios: privacidad, acceso al conocimiento, capacidad para compartir la informaci\u00f3n generada, posibilidad de reutilizaci\u00f3n del conocimiento construido, etc.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tal como se ver\u00e1 en el apartado 7 el \u00fanico software que es capaz de cumplir con estos requisitos es el Software Libre.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Existen Software Libre para satisfacer las necesidades de los estudiantes durante todo su proceso formativo en la educaci\u00f3n obligatoria y ninguna justificaci\u00f3n para emplear herramientas que no respeten dichos derechos, tambi\u00e9n garantizados en esta convenci\u00f3n. En el caso de la educaci\u00f3n posterior a la obligatoria los mismos derechos hacen que deba usarse Software Libre siempre que sea posible a partir de los mismos principios y razonamientos aqu\u00ed expresados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 29<\/strong>: <em>\u201cOBJETIVOS DE LA EDUCACI\u00d3N. La educaci\u00f3n de los ni\u00f1os debe ayudarles a alcanzar el pleno desarrollo de su personalidad, sus talentos y capacidades. Deber\u00eda ense\u00f1arles acerca de sus propios derechos y a respetar los derechos, la cultura y las diferencias de los dem\u00e1s. Deber\u00eda ayudarles a que vivan en paz y a proteger el medio ambiente.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tal como se indica en este art\u00edculo la educaci\u00f3n de los ni\u00f1os debe ense\u00f1arles en qu\u00e9 consiste su derecho a la privacidad, incluida la privacidad digital, as\u00ed como tambi\u00e9n c\u00f3mo proteger su privacidad y respetar la de los dem\u00e1s.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La \u00fanica forma de que los ni\u00f1os puedan aprender esto es practic\u00e1ndolo. Usando programas y servicios inform\u00e1ticos basados en Software Libre que s\u00ed respeten su privacidad, y aprendiendo por qu\u00e9 y c\u00f3mo respetan su privacidad estos programas. Tambi\u00e9n es importante que aprendan cu\u00e1les son las desventajas de utilizar programas y servicios que no son respetuosos con su privacidad, de la misma forma que se les ofrece informaci\u00f3n sobre las consecuencias de consumir sustancias perjudiciales para la salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 30<\/strong>: <em>\u201cCULTURAS, IDIOMAS Y RELIGIONES MINORITARIAS. Cada ni\u00f1o tiene derecho a emplear su propia lengua y su cultura y a practicar su religi\u00f3n, incluso si la mayor\u00eda de las personas del pa\u00eds donde vivan no las comparten.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como se ha mencionado ya al hacer referencia al Art\u00edculo 2, el uso de programas basados en Software Libre facilita enormemente la posibilidad de utilizar dichos programas traducidos, potencialmente, a cualquier idioma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de software privativo eso s\u00f3lo ser\u00eda posible si el fabricante del software quiere incluir otros idiomas y facilita herramientas para realizar las traducciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 36<\/strong>: <em>\u201cPROTECCI\u00d3N CONTRA LA EXPLOTACI\u00d3N. Los ni\u00f1os tienen derecho a que se les proteja frente a cualquier otra forma de explotaci\u00f3n (otros modos de aprovecharse de ellos), aunque no se mencionen expresamente en esta Convenci\u00f3n.\u201d<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si bien esta convenci\u00f3n hace referencia expl\u00edcita al derecho a la privacidad de los menores, no se hace referencia de la misma forma a la explotaci\u00f3n de los datos digitales de los menores como consecuencia de las p\u00e9rdidas de privacidad. Es decir, se podr\u00eda considerar que cuando se somete a los menores a procesos de digitalizaci\u00f3n inadecuados, con p\u00e9rdidas de privacidad que conducen a la realizaci\u00f3n de perfiles digitales personalizados o profiling (<a href=\"https:\/\/www.camposcatafal.com\/es\/que-es-el-profiling-la-elaboracion-de-perfiles-en-el-rgpd\/\">https:\/\/www.camposcatafal.com\/es\/que-es-el-profiling-la-elaboracion-de-perfiles-en-el-rgpd\/<\/a>) se les est\u00e1 explotando, ya que no se les informa adecuadamente (ni a ellos ni a sus tutores legales) y las empresas que realizan el profiling lo hacen para obtener un beneficio econ\u00f3mico. Las consecuencias para los menores de este profiling\u00a0\u00a0 son cuanto menos alarmantes por el mero de hecho de existir dichos perfiles digitales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A este respecto se puede consultar una gran cantidad de informaci\u00f3n, por ejemplo, en el libro de divulgaci\u00f3n: Llaneza, Paloma (2019). Datanomics. Todos los datos personales que dan sin darte cuenta y todo lo que las empresas hacen con ellos. Editorial Deusto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta situaci\u00f3n podr\u00eda producirse si:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Un centro educativo acepta unos t\u00e9rminos de servicio al poner, obligar o inducir a dicho menor a usar programas o servicios que impliquen la realizaci\u00f3n (o la posibilidad de realizar) profiling con los datos del menor para obtener un beneficio econ\u00f3mico. Es importante recalcar aqu\u00ed que el menor no tiene capacidad ni conocimiento actualmente para entender el contenido y las implicaciones de dichos t\u00e9rminos de servicio, ya que no se les est\u00e1 formando sobre esta materia (en el caso de los m\u00e1s peque\u00f1os huelga hacer comentarios a\u00f1adidos). Por tanto, es responsabilidad exclusiva del centro educativo entender tanto dichos t\u00e9rminos de servicio como sus implicaciones.<\/li>\n<li>El centro educativo, de ser as\u00ed, deber\u00eda informar antes y de forma clara y adecuada a las familias (tutores legales de los menores) sobre la recopilaci\u00f3n y uso de los datos en los medios digitales que usan los alumnos en el centro. As\u00ed como, l\u00f3gicamente, solicitar permiso para utilizar tales programas y no hacerlo por defecto sino se tiene el permiso expl\u00edcito de los responsables legales del menor. Igual que ocurre con la toma de im\u00e1genes o la subida de im\u00e1genes del menos a Internet.<\/li>\n<li>Las familias (tutores legales de los menores), si no son debidamente informadas, no tendr\u00edan la oportunidad de aceptar o rechazar dichos t\u00e9rminos de servicio y, en consecuencia, dichas tecnolog\u00edas. De esta forma, se estar\u00eda privando a las familias de la capacidad para garantizar el derecho a la privacidad digital de sus hijos o tutelados. Hemos de recordar aqu\u00ed que dicho derecho aparece expresado de forma expl\u00edcita en el art\u00edculo 16 de esta convenci\u00f3n (Protecci\u00f3n de la privacidad).<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, en el <strong>art\u00edculo 43.2<\/strong> se dice, sobre el Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o \u201c<em>El Comit\u00e9 estar\u00e1 integrado por dieciocho expertos de gran integridad moral y reconocida competencia en las esferas reguladas por la presente Convenci\u00f3n.<\/em>\u201d (https:\/\/www.un.org\/es\/events\/childrenday\/pdf\/derechos.pdf).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Necesitamos urgentemente que los aspectos sobre la privacidad digital formen parte del conocimiento popular y especialmente de aquellas personas que encarnan a los garantes de su defensa en la infancia y la educaci\u00f3n de las futuras generaciones. \u00bfC\u00f3mo vamos a defender, de otra manera, unos derechos que no conocemos? \u00bfC\u00f3mo, si no entendemos de que forma los estamos perdiendo?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>7.- <\/strong><strong>Sustituci\u00f3n de software privativo por Software Libre.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sustituci\u00f3n del software privativo utilizado en las escuelas por Software Libre que realice las mismas funciones se puede hacer de diversas formas ya que existen multitud de programas libres que realizan las mismas funciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De forma orientativa se expone a continuaci\u00f3n una peque\u00f1a muestra con algunas propuesta:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li>Sistemas operativos Windows o macOS: se sustituyen por sistemas operativos GNU\/Linux. Algunos de los m\u00e1s empleados son Debian (https:\/\/www.debian.org\/), Ubuntu (https:\/\/ubuntu.com\/download) o LinuxMint (https:\/\/www.linuxmint.com\/) existiendo a su vez diferentes variantes.<\/li>\n<li>Microsoft Office (cualquiera de sus versiones, licencias y variantes): se pueden sustituir por diferentes paquetes de ofim\u00e1tica libres. El m\u00e1s conocido y com\u00fanmente utilizado es LibreOffice (https:\/\/pt.libreoffice.org\/) (no confundir con OpenOffice, que es otro producto que no recomiendo). Cuando es necesaria una compatibilidad total con los formatos de Microsoft Office (generalmente no hay problemas) se puede utilizar OnlyOffice (https:\/\/www.onlyoffice.com\/es\/) (que trabaja directamente con el formato de archivo de Microsoft Office).<\/li>\n<li>Navegador Microsoft Edge o Google Chrome: se sustituye por Mozilla Firefox (https:\/\/www.mozilla.org\/es-ES\/firefox\/new\/) que realiza las mismas funciones y al mismo tiempo respeta la privacidad del usuario. No obstante, cabe mencionar aqu\u00ed que TODOS los navegadores pueden y deben configurarse para evitar p\u00e9rdidas de privacidad innecesarias al navegar por Internet.<\/li>\n<li>Adobe Photoshop: se sustituye por el editor de im\u00e1genes del proyecto GNU denominado GIMP (<a href=\"https:\/\/www.gimp.org\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.gimp.org\/<\/a>). Incluso se han hecho pel\u00edculas de animaci\u00f3n donde la edici\u00f3n gr\u00e1fica se ha realizado con este programas. Hay tutoriales en Internet para hacer cualquier cosa con \u00e9l.<\/li>\n<li>Reproductores multimedia privativos: se sustituyen por VLC (<a href=\"https:\/\/www.videolan.org\/vlc\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.videolan.org\/vlc\/<\/a>), archiconocido reproductor multimedia que funciona de maravilla en m\u00faltiples plataformas. Si ya lo usabas tal vez no sab\u00edas que es Software Libre.<\/li>\n<li>Programas como lectores de pdf, visores de imagen, o compresores de archivos vienen instalados, junto con muchos otros programas, por defecto con los sistemas GNU\/Linux mencionados.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y as\u00ed podr\u00edamos continuar con una interminable lista de programas que pueden sustituir a todos los programas privativos que se utilizan en las escuelas p\u00fablicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, quiero mencionar que no solo se puede sustituir software privativo por Software Libre en las primeras etapas de la educaci\u00f3n, incluso en ciclos de formaci\u00f3n espec\u00edfica inform\u00e1tica se puede sustituir la mayor parte del software privativo que se emplea por Software Libre, con sus consiguiente ventajas para el alumnado, como as\u00ed lo atestigua el proyecto que present\u00e9 para finalizar mi formaci\u00f3n de T\u00e9cnico Superior en Administraci\u00f3n de Sistemas Inform\u00e1ticos en Red y que se puede consultar en: <a href=\"https:\/\/www.pablomarinero.com\/PUBLICACIONES\/Aprovechamiento-de-equipos-migrando-a-GNULinux-web.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.pablomarinero.com\/PUBLICACIONES\/Aprovechamiento-de-equipos-migrando-a-GNULinux-web.pdf<\/a><\/p>\n<h4><strong>Ver tambi\u00e9n sobre privacidad del mismo autor: \u00abParchis o ajedrez\u00bb del 01\/03\/2025:<\/strong><\/h4>\n<p><a href=\"https:\/\/www.pablomarinero.com\/BLOG_ES\/parchis_o_ajedrez.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>https:\/\/www.pablomarinero.com\/BLOG_ES\/parchis_o_ajedrez.html<\/strong><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1.- Introducci\u00f3n. A continuaci\u00f3n, vamos a poner de manifiesto los problemas que existen en las aulas, con alumnado de cualquier edad, a la hora de utilizar herramientas digitales que no sean respetuosas con los derechos digitales de alumans y alumnos, en concreto con la privacidad digital. 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